Las asociaciones de consumidores podrán denunciar a Meta si infringe el RGPD según la TJUE

Las asociaciones de consumidores podrán denunciar a Meta si infringe el RGPD según la TJUE

Meta, la empresa que hasta octubre del 2021 se llamaba Facebook, ha recibido un revés importante por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ya que este ha emitido un fallo en el que constata que el Reglamento General de Protección de Datos no se opone a que las asociaciones de consumidores puedan entablar acciones legales contra la empresa tecnológica Meta (Facebook) en el caso que esta se salte la protección de datos personales.

La pretensión del Tribunal de Justicia Europeo con este fallo es poner límites a las grandes plataformas digitales aprovechando una supuesta infracción de los derechos de los usuarios de juegos gratuitos suministrados por terceros, en este caso en Meta. A partir de ahora, con esta sentencia cualquier asociación de defensa de los intereses de los consumidores podrá ejercer acciones ya que presupone el Tribunal Europeo que estas asociaciones entablan las demandas porque han sido vulnerados los derechos por el tratamiento de los datos personales de sus asociados, invocando el incumplimiento de la prohibición de prácticas comerciales desleales o de una ley en materia de protección de los consumidores.

El TJUE aprovecha esta sentencia para preveer que en caso de repetidas violaciones graves de los requisitos las grandes plataformas digitales tengan prohibido operar en territorio europeo. Pero antes de llegar a este supuesto se enfrentarán a multas de hasta un 6% de su cifra global de negocio.

En definitiva, una nueva sentencia que viene a refrendar la importancia de respetar las leyes de protección de datos tanto por las grandes corporaciones tecnológicas como por los usuarios y creadores de contenidos digitales.

 
 
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