No respetar el derecho al olvido supone una multa de 10 millones de euros a Google

No respetar el derecho al olvido supone una multa de 10 millones de euros a Google

Google tiene el dudoso “honor” de haber recibido la sanción de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) más elevada hasta la fecha en nuestro país. Y es que no respetar la voluntad del derecho al olvido ha supuesto a la compañía del Doodle una sanción de 10 millones de euros por unas infracciones consideradas por la AEPD de “muy graves”.

El llamado “derecho al olvido” es definido por la Agencia Española de Protección de Datos como el derecho que cualquier persona tiene para solicitar la supresión de sus datos personales en los buscadores de internet, una definición que se circunscribe a la sentencia que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJEU) publicó el 13 de mayo de 2014 y que el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) amplía más allá de los buscadores de internet.

En este caso, la AEPD considera que Google no respetó el derecho al olvido, una infracción muy grave por ceder datos a terceros sin estar legitimada para ello, obstaculizando así el derecho de supresión de las personas. Concretamente, Google estaba compartiendo la información de las solicitudes de derecho al olvido, el correo electrónico, los motivos alegados, la URL sobre la que se reclamaba e incluso sentencias y fotos con una base de datos ubicada en Estados Unidos.

Además de Google, son muchas empresas tecnológicas que deberán revisar sus políticas de protección de datos, y a partir de ahora tendrán la obligación de facilitar el proceso a los ciudadanos que no quieran figurar en sus bases de datos y suprimir todos los datos personales que hayan sido objeto de una solicitud del derecho de supresión comunicada.

Desde COVALTIC Protección de Datos te recordamos la importacia que tiene la revisión de las políticas de protección de datos en tu empresa y así evitar posibles sanciones de la AEPD.

 
 
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