La Agencia Tributaria topa con la normativa de protección de datos

El pasado 6 de abril comenzó la campaña de la Renta 2021 para más de 20 millones de ciudadanos en nuestro país. Si lo analizamos bien, Hacienda tiene todos nuestros datos y los que no tiene nos los solicita. Es en ese momento en el que ante determinadas circunstancias puede surgir la duda de si esa petición de datos personales por parte de la Agencia Tributaria puede entrar en conflicto con la protección de datos.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó una sentencia el pasado 24 de Febrero respecto a la relación existente entre las actuaciones de la administración tributaria y el derecho a la protección de datos a partir de un caso que implica a la Hacienda de Letonia que había requerido de una entidad los datos relativos a los vehículos anunciados en un portal de Internet, así como los números de teléfono de los vendedores.

La sentencia del Tribuna de Justicia de la Unión Europea dictamina que cualquier solicitud de información de una administración tributaria es legítima siempre que esos datos sean recogidos para gestionar el sistema fiscal de un país, pero que además, la recogida de datos por la Administración requirente y el tratamiento de esos datos personales en la medida en la que afectan a personas físicas ha de respetar los principios relativos al tratamiento de datos según del RGPD.

La sentencia tiene una parte ambigua que ratifica, como hemos comentado otras veces, la necesidad de crear una regulación adecuada a las relaciones entre normas tributarias y el tratamiento de datos.

 
 
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